Aquí te dejamos un pequeño resumen sobre como contabilizar tus empleados a la hora de solicitar el Kit Digital en Cantabria, puesto que pueden surgir muchas dudas al respecto; me cuento yo como empleado? Desde cuando deben estar contratados? Y si contrato uno para acogerme? son algunos ejemplos de dudas que nos han formulado.
Si eres una empresa, computan:
- La plantilla media en situación de alta en el régimen general de la seguridad social en un periodo.
- 1ª convocatoria. Ejercicio anterior a la solicitud de la ayuda.
- 2 y 3ª convocatoria. 12 meses anteriores desde la solicitud de la ayuda.
- Autónomos/as societarios/as que declare la empresa.
Si eres un autónomo/a, computan:
- El/la autónomo/a empleador/a.
- La plantilla media en situación de alta en el régimen general de la seguridad social en un periodo:
- 1ª convocatoria. Ejercicio anterior a la solicitud de la ayuda.
- 2 y 3ª convocatoria. 12 meses anteriores desde la solicitud de la ayuda.
- Autónomos/as colaboradores/as que declare el autónomo/a.
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